El delicado tema de los Datos Biométricos
Después de que entro en vigor la modificación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada por el Senado, en una muy cerrada votación, la cual contempla la creación de un padrón de datos biométricos, en el cual se recopilará la información más completa, incluyendo huellas dactilares, rasgos faciales, la voz, y/o el iris del ojo, de cada individuo que posea una línea telefónica móvil en México. Derivado de esta notica, se han presentado diversas preocupaciones, ya que resulta un tema polémico que genera incertidumbre y pavor.
Para “Corral Cantón Abogados” es muy impórtate tu seguridad, y por ello, hemos desarrollado un nuevo blog, donde te explicaremos de la manera más clara y así poder comprender de la importancia de los datos biométricos y como protegerte por medio de los “Amparos contra el padrón de datos biométricos” . con los cuales podrás, vaya la redundancia, ampararte ante dicha ley.
Ahora comencemos con lo básico… ¿Qué son los datos biométricos?: Los datos biométricos son fundamentales para la validación de la identidad de personas y autenticación de accesos. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ya tiene una definición de ello. Para la INAI, los datos biométricos “son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad. Estas son atribuibles a una sola persona y que son medibles”. Por ejemplo: las huellas digitales, el rostro, la retina, el iris, la estructura de las venas de la mano. También puede ser la forma de las orejas, la piel y el ADN, entre otros. A diferencia de una contraseña que puede ser cambiada por otra, la información biométrica no puede cambiarse. Por tanto, da acceso a la identidad exclusiva de una persona. Otorgar datos biométricos garantiza mejor seguridad, pero también mayor responsabilidad en su utilización.
Dicho lo anterior, en México se debate el tema para la utilización de datos biométricos para la industria bancaria. Ya que en nuestro país es uno de los más vulnerables con respecto al robo de documentos personales.
Así mismo representa Poca seguridad en robo de identidad y datos personales ya que México se posiciona en el 8vo. lugar a nivel mundial en robo de identidad y en su mayoría, los casos se dan por pérdida documentos (67%), robo de carteras y portafolios (63%). Por último, por información robada directamente de la tarjeta bancaria (53%), según datos del Banco de México. Y con respecto a datos proporcionados de la CONDUSEF, más de 40 mil 928 robos de identidad cibernética y tradicional ocurrieron en 2019. De los cuales, se logró extraer 2 millones 216 mil pesos mexicanos.
En México los datos biométricos son considerados por la ley mexicana como un dato biométrico todo aquel dato personal recolectado, almacenado, comparado e interpretado en función de que identifica o hace identificable, ya sea directa o indirectamente con respecto a la persona física a la que corresponda el registro. El dato personal está protegido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Los datos biométricos tienen una división de 2 grupos, de acuerdo con las características individuales que registren:
Características físicas y fisiológicas
- Huella dactilar.
- Reconocimiento facial.
- De iris.
- Geometría de la mano.
- De retina.
- El reconocimiento vascular
Características del comportamiento y la personalidad
- Reconocimiento de firma.
- El de escritura.
- Los reconocimientos de voz.
- El reconocimiento de escritura de teclado.
Una vez que ya sabes lo anterior, suponemos que surgirán más dudas con respecto al tema, como por ejemplo; “¿Me puedo negar al uso de los atributos biométricos?”. Debido al robo de identidad en las instituciones financieras, se fomentó la adopción de datos biométricos para verificar a los usuarios y desde el 2020, la Comisión Nacional bancaria y de Valores (CNBV), exigió a los bancos capturar la huella dactilar y exigió a los bancos capturar la huella dactilar, lo cual será exigible para los usuarios que abran una cuenta o un crédito. La finalidad de esto, es para dar más seguridad en las transacciones. El objetivo de dicha medida es que se pueda tener información biométrica de más de 120 millones de mexicanos en 2020. Así mismo se minimizarán los riesgos de suplantación de identidad. Sea si se produce por fraude o por errores administrativos.
Sin embargo, en México no existe ningún fundamento legal que te obligue a dar tus datos biométricos a cambio de un bien o servicio financiero. Por tanto, sugiere que al renovar la tarjeta, puedas utilizar otras formas de probar tu identidad, como por ejemplo la credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir, cédula profesional e incluso el CURP.
Si te ha quedado alguna duda contáctanos “AHORA MISMO” , para “Corral Cantón Abogados” .Será un placer atenderte.
Síguenos en redes sociales
Fuentes: https://marketing4ecommerce.mx/ley-del-padron-de-datos-biometricos-en-telefonia-movil-objetivos-dudas-y-amparos/#:~:text=La%20semana%20pasada%20entr%C3%B3%20en,completa%2C%20incluyendo%20huellas%20dactilares%2C%20rasgos https://www.geovictoria.com/mx/datos-biometricos-mexico/#:~:text=los%20datos%20biom%C3%A9tricos%3F-,%C2%BFQu%C3%A9%20son%20los%20datos%20biom%C3%A9tricos%3F,personas%20y%20autenticaci%C3%B3n%20de%20accesos.&text=Estas%20son%20atribuibles%20a%20una,las%20venas%20de%20la%20mano.