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SOLICITA TUS VACACIONES LABORALES

La ley reconoce que parte de los derechos de un trabajador, es el goce y deleite de un periodo vacacional, el cual debe ser pagado íntegramente, siempre y cuando el trabajador haya cumplido con un año de trabajo en la empresa en la cual quiera solicitar sus vacaciones.

Una de las dudas más frecuentes de los empleados es: ¿Cuándo les toca tomar su periodo vacacional?, es por eso que “CORRAL CANTÓN ABOGADOS”“CORRAL CANTÓN ABOGADOS” pone a tus órdenes a su equipo especializado en esta materia, así mismo te ayudaremos a despejar tus dudas.

Conforme a lo que la Ley establece en el periodo vacacional:

La ley establece que los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones laborales, como mínimo.

Tiempo y forma en que se pueden pedir las vacaciones:

Si el trabajador ya ha cumplido un año de servicio en la empresa, deberá concederse dentro de los primero 6 meses después de haber cumplido el año laborando. Los empleadores (Patrones) otorgaran anualmente a sus trabajadores una constancia en donde se mencione la antigüedad y conforme a esto, el periodo vacacional que le corresponderá, así como la fecha en que gozara de dicho beneficio.

La prima vacacional:

La prima vacacional es la representación en forma monetaria, a la cual tiene derecho el trabajador, la cual tiene como objetivo que el interesado, tenga un ingreso extra para disfrutar en sus vacaciones.

Cálculo de la prima vacacional:

Para “CORRAL CANTÓN ABOGADOS” es muy importante dar a conocer, si estas recibiendo lo que te corresponde, a continuación te decimos como calcular la prima vacacional:

Salario Diario x Días de Vacaciones = Resultado x .25 (% de Prima Vacacional). Por ejemplo: digamos que tú sueldo mensual es de $25,000.00 M.N. y es tú primer año de labores…

  • Dividimos 25,000 / 30 días = 833.33
  • Multiplicamos el resultado 833.33 x 6 días de la semana = 4,999.98
  • Y este último resultado lo multiplicamos por .25 = 1,249.99 (como prima vacacional)

Ahora bien, es de sumo interés saber, cuando es el momento adecuado para pagar la prima vacacional. La Ley Federal de Trabajo de México solo especifica que es un derecho, pero no indica la fecha exacta de pago. Es por eso que cada empresa lo paga en diferente fecha, algunas realizan el pago al año exacto de tu fecha de ingreso u otras lo hacen cuando tú tomas tus vacaciones.

Lo que “CORRAL CANTÓN ABOGADOS” pretende es que tengas el conocimiento correcto y oportuno, e invitarte a estar al pendiente en que recibirás dicho pago y días de descanso, preguntar al área de Recursos Humanos de la empresa para la que colabores, y preguntar por la fecha en la que lo harán, para así poder verificar en tu recibo de nómina que corresponda.

Si te ha quedado alguna duda con respecto a tu periodo y prima vacacional, o nunca lo has recibido. No dudes en contactarnos, “CORRAL CANTÓN ABOGADOS” con gusto te asesorara.

Fuente: https://misabogados.com.mx/blog/cuando-pedir-mis-vacaciones-laborales/

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