Tipo de testigos
Dentro del derecho procesal, daremos una breve redacción del significado de un testigo, para finalizar con el punto clave de este nuevo blog. Un testigo es una persona que declara ante un Juez o ante un Tribunal su percepción o conocimiento sobre algún hecho o circunstancias relacionadas con el objeto principal del juicio.
Ahora sí, pasemos a profundizar en el tema, los diferentes tipos de testigos, los cuales se clasifican de la siguiente manera…
Testigo presencial (directo) o testigo no presencial (indirecto): Es aquella persona que presencia u observa los acontecimientos de manera directa, es decir, a través de sus sentidos (vista, oído, tacto). El testigo presencial, en cambio, es aquella persona que aporta su declaración en torno a algo que ha escuchado o que han dicho.
Testigo perito o no perito: Este tipo de testigo, es aquella persona que reúne todas las características para ser testigos y que, debido a sus conocimientos previamente adquiridos, bien podría aportar al procedimiento un medio de prueba acerca de cómo ocurrió el hecho controvertido o no.
El testigo perito, puede determinar la causa del mismo, es decir, la razón de ciencia que no viene proporcionaba por una persona común, sino por la de un experto. El objetivo principal de este tipo de testigo, es la de auxiliar o asesorar al juez para la decisión que este ha de asumir sobre el objeto sometido a su enjuiciamiento.
A menudo, se considera al perito un testigo no presencial, ya que puede aportar un testimonio valioso, ya que cuenta con conocimientos específicos o técnicos. Sin embargo, la condición del testimonio varía de acuerdo a cada legislación.
Testigo persona moral o persona física: En algunos casos, es probable que una persona moral, por ejemplo, una sociedad anónima o una entidad pública, sea llamada para comparecer ante un procedimiento. Sin embargo, el testimonio se debe realizar por escrito y fuera del acto del juicio o la vista.
Testigo hábil o testigo inhábil: Solamente el letrado tiene el deber de confirmar si el testigo cuenta o no con las cualidades requeridas, es decir, empleo de los sentidos respectos a los hechos que puedan y deban declarar, plena capacidad y ser mayores de 14 años, en la mayoría de los casos, claro, con algunas excepciones.
Testigo con interés o testigo sin interés: Los testigos tienen la obligación de atestiguar si tiene o no amistad, incluso alguna enemistad con alguna de las partes, para así saber si fue condenado por falso testimonio en el pasado o si tiene algún interés particular en el resultado del procedimiento judicial.
Testigo de cargo o testigo de descargo: Estos, son aquellas personas que declaran en contra de la persona que está siendo enjuiciada, mientras que el testigo de descargo es el que declara en favor de aquella.
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Fuente: https://www.conceptosjuridicos.com/mx/testigo/