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¿has escuchado sobre el delito de receptación?

Realmente, es un término que no es muy común, o, mejor dicho, para personas que no están relacionadas con el tema, es probable que jamás lo hayan escuchado, y en caso contrario, quizá no sepan de que se trata.

Básicamente, el delito de receptación se basa en el acto de recibir, adquirir, ocultar o aprovecharse de los efectos de hecho delictivo, y se realiza con ánimo de lucro y en conocimiento del previo delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico.

No se participa en la comisión delictiva de la que surgen los efectos, sino que se colabora en el aprovechamiento de estos. Está sujeto a sanciones penales. El delito de receptación consiste en que una persona ayuda a los responsables de un hecho delictivo para aprovechar o esconder los objetos del primer delito.

Los requisitos del delito de receptación:Una serie de requisitos deben concurrir para que pueda tipificarse como un delito de receptación. Son los siguientes…

  • Existencia de un delito previo contra el patrimonio o el orden socioeconómico. Son los efectos de este los que dan lugar al nuevo hecho delictivo.
  • Dolo: la persona que recepta los efectos sabe de su procedencia delictiva o, podría haberse representado la alta probabilidad de su origen ilícito. No necesariamente debe conocer al detalle la manera en que se produjo el hecho para obtener estos efectos.
  • Con fines de lucro: la realización del delito de receptación implica un beneficio que puede calcularse de manera económica o de cualquier ventaja propia presente o futura.
  • Quien se aprovecha de la recepción no debe haber participado en el hecho delictivo previo ni como autor ni como cómplice. De lo contrario, se estaría ante otro tipo de delito.

Fundamentos del delito de receptación:El hecho de adquirir, recibir, ocultar o aprovecharse de los objetos resultantes de un delito contra el patrimonio u orden socioeconómico promueve la continuidad delictiva. Para ser más explícitos, el autor de la receptación promueve la comisión de nuevos delitos al facilitar a los delincuentes un lugar para deshacerse de los efectos. Otro concepto relacionado de manera directa entre ambos delitos es propiciar la perpetuidad del ilícito original. Con este acto se entorpece y dificulta la posibilidad de recuperar la cosa obtenida de manera ilícita.

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Fuente: https://www.conceptosjuridicos.com/mx/delito-de-receptacion/

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