LA COBRANZA COMO DELITO, “alto a las amenazas por embargo”
Que quede claro, amenazar a un deudor con un embargo, es un delito, y puede sancionarse el despacho de cobranza, al igual que la entidad financiera que lo haya contratado.
Es por eso que el despacho de abogados “Corral Cantón Abogados”, te invita a asesorarte con los expertos, y ponemos a tu alcance temas de interés, como en este caso: La cobranza como delito a raíz de amenazas de embargo.
Si te interesa más sobre el tema te invitamos a leer la primera parte del blog: http://corralcantonabogados.com/Alto-a-las-amenazas-e-intimidacion-por-los-embargos-a-raiz-de-una-deuda.php
Por una parte, la CONDUSEF puede llegar a sancionar a las instituciones financieras que hayan contratado algún despacho de cobranza, no al despacho como tal, por no observar las normas que dispone la ley.
Así mismo, la persona que esté siendo víctima de este tipo de acoso puede acudir a la CONDUSEF, donde se le asesorara y ayudara a hacer la denuncia pertinente ante la PGR (Procuraduría General de la Republica) por caer dentro de este NUEVO DELITO, QUE ES COBRANZA CON AMENAZAS) detallo el funcionario Mario Di Costanzo, titular de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).
Para ser más claros en el tema, en resumen es necesario levantar la denuncia, ante la PGR, en términos sencillos, en caso de que quiera proceder contra el despacho de cobranza, de lo contrario si su molestia es contra la entidad financiera, es parte de las obligaciones de la CONDUSEF.
Tanto NOSOTROS “Corral Cantón Abogados” asesoramos al usuario en cómo debe presentar la denuncia, que no se persigue como oficio sino como resultado de una querella, y en cualquier caso, la querella la emite el mismo usuario.
Dicha queja, se presenta ante el “REGISTRO DE DESPACHOS DE COBRANZA” (REDECO) de la Comisión y dependiendo del caso se canaliza con el personal correspondiente para proceder con la atención.
Además en el portal de REDECO, se puede consultar las acciones que se tienen permitidas a los despachos de cobranza, así como cuando caen en prácticas ilegales.
Sin embargo hay que recordar y ser conscientes que los despachos de cobranza actúan como intermediario entre la institución financiera y el deudor, con el fin de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos que haya obtenido el deudor.
Sin embargo, la formalización del convenio deberá elaborarse con la entidad financiera que otorgó el crédito.
Ahora que ya sabemos, te invitamos a seguir asesorándote, “Corral Cantón Abogados” te ayudara ante cualquier duda si en algún caso has sido víctima de amenazas de embargo por despachos de cobranza. Y es de suma importancia que se le haga saber que se está bien asesorado y que dicha empresa o institución financiera que lo haya contratado, puede llegar a ser sancionada con 1 a 4 años de prisión, más una multa oscila alrededor de $50,000.00 a $300,000.00 mil pesos por concepto de cobranza extrajudicial ilegal.
Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/Si-tiene-deudas-y-lo-amenazan-con-un-embargo-no-se-deje-intimidar-20170829-0152.html