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Inviolabilidad del domicilio

La inviolabilidad del domicilio es un derecho constitucional, el cual se define como prohibición de entrada y registro en un espacio ligado a la persona, salvo consentimiento del titular, autorización judicial o flagrante delito. La inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental que impide que una persona pueda acceder al domicilio de otra persona sin permiso u orden judicial. Mismo derecho que es fundamental y que permite que nadie pueda entrar o registrar el domicilio sin consentimiento del titular o resolución judicial.

Todo titular de un inmueble, cuenta con este derecho, ya que toda persona física goza del derecho a la inviolabilidad del domicilio. Una de las principales razones que lo justifica radica en el derecho a la dignidad, la cual se vincula al mismo tiempo al derecho que tiene todo individuo a habitar en una vivienda.

También las personas morales cuentan como titulares, los cuales los hace merecedores a este derecho, ya que son titulares del bien jurídico protegido porque es desarrollo de la vida privada. Sin embargo, la protección al domicilio de las personas morales es mucho más reducida que el de las personas físicas, ya que carecen del vínculo que tienen las personas físicas con el derecho de dignidad.

Pero, ¿Cómo saber cuándo se vulnera este derecho? este derecho se vulnera cuando se produce con independencia de que, en el momento de la entrada, se encuentre el titular del derecho dentro o fuera de su domicilio. Lo que si puede llegar a resultar imprescindible es que la morada sea ajena, o que un cohabitante pueda vulnerar el derecho a la intimidad de los demás, pero no la inviolabilidad del domicilio. Así mismo, no se puede alegar lazos de parentesco o la propiedad sobre el inmueble en contra de lo estipulado en algunos contratos de arrendamiento, para justificar la intromisión.

Es importante que conozcas todo sobre este derecho, así como, protegerte ante la garantía judicial, la preceptiva intervención de la autoridad judicial, aparece, así como el principal mecanismo de protección del derecho, un mecanismo preventivo destinado a proteger el derecho y no a reparar su violación.

Durante la correspondiente resolución, el juez que pueda dar autorización a cualquier entrada o registro, efectúa una ponderación previa para decidir, en caso de colisión, si debe prevalecer este derecho fundamental o alguno de los derechos o intereses constitucionalmente protegidos con los que entra en conflicto.

En la invasión de la intimidad se presume que el titular del derecho no tiene que acreditar que el atacante ha provocado una lesión efectiva de su intimidad.

La inviolabilidad del domicilio garantiza pues esa esfera íntima de privacidad personal y familiar dentro del espacio limitado que la propia persona escoja, frente a toda clase invasiones o agresiones de otras personas o de la autoridad pública no consentidas por el titular del bien, incluida las realizadas mediante aparatos mecánicos o electrónicos.

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Fuente: https://www.conceptosjuridicos.com/mx/inviolabilidad-del-domicilio/

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