Delito de lesiones en el derecho penal
El delito de lesiones, es aquel que consiste en causar lesiones a un individuo, entendiéndose por estas dentro del artículo 288 del Código Penal Federal, y es toda alteración en la salud o daño que deja huella material en el cuerpo. Este término trata de un “DELITO” del fuero común, por lo que se castiga conforme a las diferentes legislaciones de los Estados de la República Mexicana. Mediante este delito de lesión se perjudica la salud física o mental de la víctima.
El castigo por las diversas lesiones se basa en los siguientes aspectos:
- La severidad de las mismas, además de si estas se hicieron de forma “dolosa” (con intención) o culposa (por accidente).
- El medio que se empleó para realizar dichas lesiones.
- Quién las realiza.
- A quién se le realizaron las lesiones.
- Las circunstancias en que se realizaron.
Por la severidad de las lesiones, por mencionar algunas serían las siguientes:
- Las conocidas como leves, para efectos de aplicación de sanción son las que tardan menos de quince días en sanar y no ponen en riesgo la vida de la persona lesionada. Estas se persiguen por “querella” , lo que significa que admiten el perdón del ofendido, siempre y cuando no las inflijan los padres o “tutores” a sus hijos o pupilos en cuyo caso serán perseguidas de oficio por el ministerio público.
- Aquellas que dejen cicatriz en la cara de manera perpetua, así como aquellas que causan una disminución de la capacidad física.
- Las que causen una enfermedad incurable o que causen la pérdida total de la capacidad en algún órgano, parte del cuerpo o sentido.
- Aquellas que pongan en peligro la vida de la víctima, con la precisión de que si esta muriera a causa de las lesiones se aplicaría la sanción correspondiente al ““homicidio”” .
Ahora bien y en cuanto al medio empleado para causar la lesión nos remitimos a si son simples que serían las ya enumeradas o con la calificación de ventaja, así mismo, con la del empleo de armas por parte del delincuente o premeditación cuando se llega a usar los medios como inundación, incendio, minas, bombas o explosivos, sustancias venenosas o cualquiera otra nociva a la salud.
Y con respecto a quien se lesiona o a quien cause la lesión, aumenta la sanción si las lesiones las causa un familiar, un tutor o un padrastro, y si la lesión la causa un funcionario público en ejercicio de su cargo o si hubiere alguna relación de confianza entre el victimario y la víctima que fuera aprovechada por este último para causar las lesiones.
Por último y en cuanto a las circunstancias, por mencionar algunas, podemos decir que se cometen por riña o de manera tumultuaria, aquel producto de un accidente de tránsito y a su vez si estos fueron causados bajo el efecto de bebidas alcohólicas o drogas.
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Fuente: https://www.conceptosjuridicos.com/mx/delito-de-lesiones/