¿Sabes qué es un Poder para Actos de Dominio?
Seguramente has escuchado hablar sobre “Necesitas un Poder para Actos de Dominio”, “Te voy a dar un poder”, “Ya tengo poder” y/o “Tú no tienes Poder con facultad de Dominio”. Con respecto a la facultad de hacer algo a nombre de otra persona.
Es importante que sepamos que al dar un Poder de Actos de Dominio a una persona, esa persona tiene la autorización y la facultad de celebrar a nombre de la persona que otorga el poder, o alguna transacción que transfiera la propiedad de un bien (Sin duda alguna, quien otorga el poder debe ser única y exclusivamente el dueño de dicho bien).
Ahora pongamos un pequeño ejemplo: imaginemos que “JUAN” es dueño de una casa en el estado de Quintana Roo, México y requiere venderla. “JUAN” vive en León, Gto. Y no puede, o no quiere viajar a Roo. Pero su primo “PEDRO” que radica en el paradisiaco Quintana Roo, le puede otorgar un Poder para que tenga la facultad de firmar la venta del inmueble. Incluso del acuerdo monetario, en caso de que “JUAN” le haya pagado el favor a su primo “PEDRO” será acuerdo entre ellos, pero cualquiera de los dos casos son permitidos.
A la hora de la firma de la compra venta, el nuevo dueño revisará que el poder de “PEDRO” está bien otorgado por “JUAN”. Es aquí donde debes tener cuidado y entender que es un “ACTO DE DOMINIO”. Por lo tanto podemos decir que en los poderes, en la enumeración clara de las facultades, se necesita precisión jurídica y ser muy rigurosos. Es de suma importancia dar seguridad jurídica a los actos que se están llevando a cabo. Todos queremos que esa venta del inmueble donde hubo “X” cantidad de por medio, incluso donde una familia ya la este por habitar la nueva casa, se haga de la manera correcta y perfecta con los términos legales. También te puede interesar: http://corralcantonabogados.com/blog.php TODO SOBRE EL CONTRATO DE COMPRAVENTA http://corralcantonabogados.com/blog.php
En resumen, un Poder es la autorización legal, mediante la cual una persona ejerce en nombre de otra persona los actos jurídicos que ésta le encargué (es importante especificar el caso en concreto).
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fuente: https://www.tracer.mx/blog-legal/1-3poderes1