post thumb

Esperanza para tener familia por medio de la ADOPCIÓN

Hoy en día, nos hemos convertido en personas bastante independientes, e incluso independientes de estima, sin embargo, siempre está latente la necesidad de compartir con seres queridos, es por ello que muchas personas optan por tener familia, ya sea de sangre, o por medio de adopción.

Es de suma importancia, que en el mundo existen miles de niños que no cuentan con la oportunidad de tener una familia, los motivos son infinitos. Pero de años atrás se ha concientizado a la humanidad, de dar la oportunidad a uno de estos niños de ser felices con una familia adoptiva.

Así que “Corral Cantón Abogados” se ha propuesto a orientar a sus lectores, sobre el tema de la adopción, así mismo desea brindarte el mejor servicio con respecto al tema y muchos más, que podrás encontrar en nuestra página oficial: http://corralcantonabogados.com/index.php.

REQUISITOS A CUMPLIR PARA PODER ADOPTAR:

  • En caso de estar casado o en concubinato, tu pareja de estar totalmente de acuerdo con la adopción.
  • En el caso de estar casado o en concubinato, deberán llevar 2 o más años continuos viviendo en juntos, ambos o al menos uno de los cónyuges o concubinos, deben tener al menos 25 años de edad, al momento en que el Juez dicte la resolución, en la que otorgue la adopción. Así mismo que el cónyuge menor a los 25 años de edad, deberá tener una diferencia de al menos 17 años con el adoptado.
  • En caso de ser soltero o soltera, la edad mínima para adoptar es contar con al menos 25 años de edad, considerar que deberá tenerlos al momento en que el Juez dicte la resolución de la adopción.
  • Debes poder solventar los gastos de manutención y educación del adoptado y brindarle un ambiente familiar adecuado y estable.
  • Debes llevar una vida honesta y no haber sido procesado o encontrarte pendiente de proceso penal por delitos sexuales, contra la salud o la familia.
  • En caso de que seas el tutor de un menor de edad, una vez aprobadas ante el Juez las cuentas de tu administración sobre los bienes del menor.

PROCESO DE ADOPCIÓN QUE DEBES SEGUIR: existen dos tipos, el judicial y el administrativo.

Judicial:

  • Presentas un escrito indicando si la adopción es nacional o internacional, nombre, edad y domicilio del adoptado, adoptantes y quienes ejercen en ese momento la patria potestad o tutela del adoptado; en caso de no tener quien la ejerza, será el Ministerio Público o la persona que lo haya acogido sin tener la patria potestad o tutela del menor y el expediente de adopción.
  • La persona o institución que ejerce la tutela o patria potestad, o en su caso el MP o la persona que lo haya acogido, deberán manifestar su consentimiento de adopción. Cuando el adoptado sea mayor a 12 años, también se le pedirá su consentimiento.
  • Cuando el menor haya sido acogido por una institución, se exhibe una Constancia de Tiempo de Exposición, Sentencia ejecutoriada que decrete la terminación de la patria potestad, o en caso de abandono, la Sentencia ejecutoriada que haya decretado la pérdida de este derecho.
  • Una vez emitido el auto admisorio, el juez te cita a una audiencia.
  • Recibidos todos los documentos el juez resuelve si procede la adopción o no dentro de los 3 días siguientes a la audiencia.
  • Aprobada la adopción, el juez remite las diligencias al juez del Registro Civil para que emita la nueva Acta de Nacimiento del adoptado.
  • administrativo:
    • Debes acudir al Área de Adopciones de la Dirección de Asistencia Jurídica del SNDIF para solicitar ficha de inscripción al Curso de Inducción a los Solicitantes de Adopción y acudir para obtener tu Constancia de Asistencia.
    • Integrado tu expediente, se remite al Área de Adopciones de la SNDIF. Se te proporciona la solicitud de adopción que debes llenar personalmente y se te indican las fechas de valoraciones, visitas domiciliarias y entrevistas que se realizarán a lo largo del proceso.
    • Concluidas las pruebas psicológicas y socioeconómicas, los profesionistas del SNDIF elaboran un informe psicosocial que remiten al Comité Técnico de Adopción del SNDIF para que analice si expide o no el Certificado de Idoneidad.
    • Si obtuviste el Certificado de Idoneidad, entras en una lista de espera para la asignación del menor. La asignación se te notificará personalmente por una Sesión de Asignación del Comité Técnico de Adopción, atendiendo el interés superior del menor con situación jurídica liberada y a tu perfil psicosocial.
    • La Dirección de Asistencia Jurídica del SNDIF remite tu expediente a la Dirección General de Integración Social, así como la situación médica, jurídica, social, psicológica y pedagógica del menor.
    • Si aceptas la asignación del menor, la DGIS programará una presentación con el menor. Se inician las convivencias entre tú y el menor. Si no existe compatibilidad, valorarán tu continuidad en la lista de espera. Si la existe, se inicia el procedimiento judicial de adopción.

    En caso de requerir más información e incluso asesoría, en “Corral Cantón Abogados” estaremos dispuestos a ayudarte.

    Fuente: https://misabogados.com.mx/blog/requisitos-para-adoptar/

    top